“Rescate” de esclavos

El comercio de Cabo Verde durante el poblamiento y los dos siglos siguientes, se basó en el “rescate” de esclavos en la región situada en “Ríos da Guinea” (Senegal, Bezeguiche, Recife, Portudale, Joala, Barbacins, Gambia, Casamansa, S. Domingos, Grande, Bijagós y Nuno), que englobaba, de hecho, el espacio geográfico compuesto actualmente por Senegal, Guinea-Bissau, la República de Guinea y Sierra Leona.

Inicialmente, tras el descubrimiento en 1460, y como era habitual en tierras como las de estas islas, sin ningún medio de subsistencia, se introdujo ganado (caprino, ovino y bovino), antes de que los donatarios (António da Noli y Diogo Afonso) iniciaran el poblamiento, a partir de 1462.

Mediante carta regia de 1466, D. Alfonso V otorga a los “moradores” de Cabo Verde (por entonces confinados en Ribeira Grande) la exclusividad del negocio de “armar navíos”, precisamente para la ruta de “Ríos da Guinea”, donde el negocio consistía entonces en “rescatar” esclavos, descritos en la época como “piezas” de transacción mercantil, pero que se extendía a otros negocios complementarios, especialmente la importación de arroz y maíz, base de la alimentación de los mismos esclavos, así como marfil (en 1514 se registró la importación de 29 quintales, entre defensas  artefactos como collares, saleros, cucharas), ámbar, alubias, cuzcuz, cestos, tagaras, gamelas, cueros, paños, gatos de algalia... En cuanto al oro, procedente del río Cantor, estaba reservado al tratado real. En 1472 D. Alfonso V emitió una segunda carta regia en la que, para proteger los negocios de su arrendatario Fernão Gomes, limitó el de los moradores-armadores de Santiago a Guinea, excluyendo Sierra Leona, al Sur, además de Arguim (isla de Mauritania), al Norte, y restringiendo la compra de esclavos a las necesidades de la propia isla de Santiago, con exclusión de su exportación. D. Manuel se reservaría asimismo las prerrogativas de comerciar en Guinea, pero los registros confirman que estos intentos de cercenar la capacidad mercantil de los habitantes de Santiago tuvieron pocos efectos prácticos, e incluso dan cuenta de un aumento continuado a lo largo del siglo XVI. Probablemente porque estos documentos fueron revocados por otros que se desconocen.

El privilegio de armar navíos, otorgado a los moradores (hombres libres), del que estaban legalmente excluidos los funcionarios de la administración pública, tenía el objetivo de hacer atractiva para los pobladores llamados por Noli y Afonso a poblar Cabo Verde, la instalación en Santiago, lo que de hecho ocurrió, gracias a los beneficios que producía el negocio de los esclavos, permitiendo a los armadores amortizar rápidamente sus inversiones, aún así elevadas, del negocio de la construcción de barcos. Hasta el punto de que los nobles que ocupaban cargos públicos, ignorando las órdenes regias, y valiéndose de forma discrecional de la autoridad inherente a sus funciones, armaban ellos mismos los navíos negreros y establecieron en Ribeira Grande negocios de apoyo, compitiendo así abiertamente con la clase empresarial reservada, por ley, a los moradores.

El comercio de Cabo Verde durante el poblamiento y los dos siglos siguientes, se basó en el “rescate” de esclavos en la región situada en “Ríos da Guinea” (Senegal, Bezeguiche, Recife, Portudale, Joala, Barbacins, Gambia, Casamansa, S. Domingos, Grande, Bijagós y Nuno), que englobaba, de hecho, el espacio geográfico compuesto actualmente por Senegal, Guinea-Bissau, la República de Guinea y Sierra Leona.

Inicialmente, tras el descubrimiento en 1460, y como era habitual en tierras como las de estas islas, sin ningún medio de subsistencia, se introdujo ganado (caprino, ovino y bovino), antes de que los donatarios (António da Noli y Diogo Afonso) iniciaran el poblamiento, a partir de 1462.

Mediante carta regia de 1466, D. Alfonso V otorga a los “moradores” de Cabo Verde (por entonces confinados en Ribeira Grande) la exclusividad del negocio de “armar navíos”, precisamente para la ruta de “Ríos da Guinea”, donde el negocio consistía entonces en “rescatar” esclavos, descritos en la época como “piezas” de transacción mercantil, pero que se extendía a otros negocios complementarios, especialmente la importación de arroz y maíz, base de la alimentación de los mismos esclavos, así como marfil (en 1514 se registró la importación de 29 quintales, entre defensas  artefactos como collares, saleros, cucharas), ámbar, alubias, cuzcuz, cestos, tagaras, gamelas, cueros, paños, gatos de algalia... En cuanto al oro, procedente del río Cantor, estaba reservado al tratado real. En 1472 D. Alfonso V emitió una segunda carta regia en la que, para proteger los negocios de su arrendatario Fernão Gomes, limitó el de los moradores-armadores de Santiago a Guinea, excluyendo Sierra Leona, al Sur, además de Arguim (isla de Mauritania), al Norte, y restringiendo la compra de esclavos a las necesidades de la propia isla de Santiago, con exclusión de su exportación. D. Manuel se reservaría asimismo las prerrogativas de comerciar en Guinea, pero los registros confirman que estos intentos de cercenar la capacidad mercantil de los habitantes de Santiago tuvieron pocos efectos prácticos, e incluso dan cuenta de un aumento continuado a lo largo del siglo XVI. Probablemente porque estos documentos fueron revocados por otros que se desconocen.

El privilegio de armar navíos, otorgado a los moradores (hombres libres), del que estaban legalmente excluidos los funcionarios de la administración pública, tenía el objetivo de hacer atractiva para los pobladores llamados por Noli y Afonso a poblar Cabo Verde, la instalación en Santiago, lo que de hecho ocurrió, gracias a los beneficios que producía el negocio de los esclavos, permitiendo a los armadores amortizar rápidamente sus inversiones, aún así elevadas, del negocio de la construcción de barcos. Hasta el punto de que los nobles que ocupaban cargos públicos, ignorando las órdenes regias, y valiéndose de forma discrecional de la autoridad inherente a sus funciones, armaban ellos mismos los navíos negreros y establecieron en Ribeira Grande negocios de apoyo, compitiendo así abiertamente con la clase empresarial reservada, por ley, a los moradores.

Autoria/Fonte

Armando Ferreira